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lunes, 24 de enero de 2011

planes de pensiones

Esta entrada la voy a dedicar a un tema que está actualmente muy de moda "los planes de pensiones" ,  antes de nada voy a intentar definir con la mayor claridad posible ¿ qué es un plan de pensión? : 

Es una forma de ahorro la cual complementa la pensión que uno recibe al jubilarse. Pero hay una cosa que es cierta y es que no todos necesitamos cotizar los mismos años para tener una pensión o plan de pensión igual, y os estaréis preguntando ¿ pero qué dice? ¿ y eso por que?... pues de ahí el primer tema que quiero tratar...
Un ciudadano corriente, es decir , que no sea diputado o presidente del gobierno necesita cotizar unos 25 años aproximadamente como mínimo para tener ese plan de pensiones y 35 para que sea completa, mientras que un diputado necesita sólo cotizar 7 años para tener la jubilación ,,, sí sí como lo oís solo 7 años, pero lo mejor es que si eres presidente sólo por serlo aunque sea por un día ya tiene derecho al 80% de la pensión mínimo...



Y ahora la cuestión a tratar, como ya sabéis ha salido una nueva propuesta la cual es posible  que se apruebe la cual  dice que para tener la pensión completa  hay que cotizar 37 años, como ya eran pocos 35 pues hombre se ve que había que aumentarla,,,, así que nada en unos años veremos a gente mayor que casi no puede con su cuerpo yendo a trabajar, cargando mercancía ,,, y lo mejor de todo que nosotros también lo tendremos que hacer, pero quién sabe quizá a nosotros nos la suban aún más,,, Estaremos tantos años trabajando para conseguir algo digno para jubilarnos que cuando lo hagamos ya no podremos disfrutar del merecido descanso que nos hemos ganado, así que nada disfrutar ahora mucho y vivir al máximo !!! 

Todo esto viene acompañado con una reducción del 34% de las pensiones. Según sostienen las centrales sindicales, ese modelo supondría una reducción de las pensiones del 34%, y cargar sobre los trabajadores públicos el coste de la reducción del gasto en jubilaciones, ya que la mayor parte del ajuste iría sobre los trabajadores del régimen general. 
Pero política a parte, vamos a centrarnos económicamente en los planes de pensiones, hay algunos bancos que te lo venden como garantías de futuro, todos ellos tienes planes de pensiones, ya sea Caja Madrid, BBVA, Banesto , etc... 
De wikipedia he encontrado un pequeño resumen del sistema :
Quien gestiona dicho dinero se llama entidad gestora,  la cual controla el dinero invertido en el plan, e informa como este evoluciona. 
Donde se deposita el dinero, es la entidad depositaria.




La gestión de estas participaciones acarrea una serie de gastos en forma de comisiones que suelen ser
  • Comisión de gestión, que es la que nos cobra la entidad gestora por remuneración de sus servicios, esta cantidad se deduce diariamente del valor de la unidad de cuenta del plan de pensiones. La comisión de gestión suele oscilar entre el 1 y el 2% de las cantidades aportadas.
  • Comisión de depósito, que es la que cobra la entidad depositaria por el mantenimiento y custodia de los valores. De igual manera que ocurre con la comisión de gestión esta cantidad se deduce diariamente del valor unidad de cuenta del plan de pensiones. La comisión de depósito suele oscilar entre el 0,0% y el 0,6% de las cantidades aportadas.
  • Comisión de traspaso, Está prohibido el cobro de comisiones por traspaso.

hay gente o personas que consideran que los planes de pensiones son una opción mas que buena pero otras no lo consideran así , de ahí este artículo que encontré en internet: 








Planes de pensiones: una fiscalidad no tan maravillosa como se pretende






La revista de la OCU ejemplifica la nueva situación en un caso concreto: Una persona que gane poco más de 4 millones de ptas al año, tenga dos hijos, su mujer no trabaje y presenten declaración conjunta. Su base imponible por tanto es de 2 millones de ptas. Ha terminado de pagar la casa y en su banco le aconsejan que aporte 800.000 ptas al año hasta su jubilación a un plan de pensiones y así conseguirá un jugoso ahorro fiscal. ¿Es cierto esto?
En realidad, no. El secreto de los planes de pensiones consiste en no declarar rentas hoy, pero sí hacerlo en el futuro y generalmente a una tasa impositiva mayor. Las aportaciones a planes de pensiones se reducen de la base imponible del año de la aportación, lo cual equivale a declarar que se gana menos dinero y así pagar menos impuestos. Sin embargo, en el momento del cobro del plan, todo el dinero acumulado se suma a la base imponible, lo que equivale a declarar que se gana mucho más dinero, aunque eso sí, Hacienda entiende que si lo cobra en forma de capital (todo de una sola vez) y han pasado más de dos años desde la primera aportación "sólo" se tributa por el 60% de lo cobrado en el plan. Al ser creciente la escala de gravamen impositiva (se paga proporcionalmente más impuestos por el último millón declarado que por el primero) y como habitualmente se acumula un capital importante en el momento del cobro, se suele terminar pagando en el año del rescate del plan muchos más impuestos que los que se ahorraron en el momento de la aportación. Es lo que ocurre en el ejemplo de la OCU.






Muchos son los factores que influyen a la hora de evaluar si merece la pena o no aportar a un plan de pensiones. En la práctica, cada caso es un mundo y habrá que echar cálculos para saberlo. De todas formas, Dinero Quince extare las siguientes conclusiones:
· Los ingresos actuales del inversor son los que determinan la potencialidad del ahorro: a mayores ingresos, mayor ahorro con los planes, y viceversa. Así, a aquellos con ingresos más altos (más de 9 millones de ptas) casi siempre les interesará aportar a planes y además en las cuantías máximas que les permite la ley.
· El capital acumulado en el plan será el que determine los impuestos a pagar en el momento del cobro del plan: cuanto mayor sea el capital acumulado, mayores serán los impuestos a pagar. Por ello, a veces merece la pena aportar menos para no acumular mucho capital al final. Si el 60% del capital acumulado sumado a sus ingresos normales supera los 11 millones de ptas, tributará al 28,8% real (el 60% del tipo máximo del 48%), por lo que, salvo que el ahorro con las aportaciones más la reinversión del mismo sea superior, no le interesará hacer nuevas aportaciones.
· El número de años entre la aportación realizada y el cobro del plan : cuantos más años hayan transcurrido, mayor será el capital generado por la reinversión del ahorro fiscal inicial. Así, las personas con menores rentas y por tanto un menor ahorro fiscal les interesará sobre todo empezar a aportar lo antes posible.
Aunque los límites máximos actuales a planes de pensiones permitan aportar anualmente el 25% de los rendimientos netos del trabajo hasta un máximo de 1.200.000 ptas (en el caso de los mayores de 65 años, el 40% hasta un máximo de 2.500.000 ptas), en muchos casos no le interesará aportar el máximo permitido. Es más, las medidas previstas por el Gobierno para el 2002 con el fin de aumentar considerablemente los límites actuales, en muchos casos no hacen sino inducir a error a los ahorradores (aportando más de lo aconsejable). Así p.ej., a una persona de 60 años, con una base imponible de 4 millones (con un límite de aportación por tanto de 1.600.000 ptas) y que tenga más de 12 millones acumulados en el plan, no le interesará aportar ni una sola peseta al plan. En el mismo caso estaría p.ej. el contribuyente al que Hacienda ya le devuelve todo lo retenido (porque está pagando su vivienda habitual y sus ingresos no son muy elevados). Asimismo, nunca se debe aportar una cuantía superior a la de su base imponible (posibilidad que admite los nuevos límites), ya que en este caso el ahorro será nulo y después tributará por ello.
En resumen, para que aportar el máximo legal permitido a planes de pensiones resultase siempre la opción más recomendable, la OCU considera (y así lo planteará ante el órgano competente) que Hacienda debería permitir -cosa que actualmente no hace-que aquellos inversores que optasen por fraccionar el cobro del capital en distintos años (la opción en principio más recomendable) pudieran aplicar la reducción del 60% a todos los capitales y no sólo a uno como ocurre hasta ahora.
Tras toda esta gran parrafada, y todos esos pensamientos propios que se me han ido ocurriendo espero no os hayáis aburrido y sobretodo que os haya gustado ... nos vemos en la próxima entrada !!!!!!  

http://diasderadio.blogia.com/2011/011203-cobrar-la-pension-sera-casi-imposible.-el-gobierno-exigira-41-anos-de-cotizacion.php

http://www.ocu.org/inversores/20011127/227-attach_s481290.pdf
http://www.cgt.es/descargas/Planes-Fondos-Pensiones-Empleo.pdf

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